El Estatuto de los Trabajadores prevé, con carácter general, la posibilidad de arbitrar medidas para favorecer la colocación de trabajadores demandantes de empleo y para fomentar el empleo de grupos específicos de trabajadores con especialidades dificultades de acceder al empleo.
Las medidas pueden ser variadas: medidas de reserva, duración o preferencia en el empleo; y/o consistir en subvenciones, desgravaciones u otras medidas.
Estas medidas se orientan prioritariamente a fomentar el empleo estable de desempleados y a la conversión en indefinidos de contratos temporalesEs importante recordar que las empresas pueden verse beneficiadas de algún tipo de bonificación en los documentos de cotización a la seguridad social, dependiendo de la modalidad de contratación y del colectivo que se contrate.
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